El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley16/2013 de 20 de Diciembre, de mejora de la contratación estable y la empleabilidad de los trabajadores que persigue "potenciar el trabajo a tiempo parcial" como vía de inserción en el mercado de trabajo.
La norma introduce una mayor flexibilidad en la gestión del tiempo de
trabajo en los contratos de trabajo a tiempo parcial, al tiempo que se
introducen medidas para permitir un mejor control por parte de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, y evitar el fraude.
amplia de 8 a 12 años el tiempo de reducción de jornada para cuidado de hijos
y familiares dependendientes y se aclara la consideración de grupo de empresa
en relación a los despidos de mayores de 50 años.
Desde este enlace se puede descargar dicho RD Ley:
Además se recogen otros temas, algunos
de los cuales podemos resumir en:
Reducción de jornada hasta que los hijos tengan 12 años
Se amplía la reducción
de jornada por cuidado de hijos menores de edad, de los ocho a los doce años.
La medida facilita la conciliación de la vida laboral y familiar, y posibilita
celebrar contratos para complementar aquellos que se realicen a tiempo parcial.
En el contrato de trabajo a tiempo parcial, se podrá ampliar la
jornada a través de las horas complementarias, ya sean pactadas o
voluntarias. Ahora bien, solo se podrán realizar horas complementarias en los
contratos temporales o indefinidos con un mínimo de diez horas contratadas semanales de
promedio en cómputo anual.
Grupo de Empresas
El concepto de grupo de empresas se aclara de cara a las
aportaciones económicas por despidos que afecten a trabajadores de 50 o
más años en empresas con beneficios.
Los tipos de contrato se reducen a cuatro
Los tipos de contratos laborales pasan desde los 42 actuales a 4: indefinido,
temporal, contrato de formación y aprendizaje y contrato en prácticas.
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