jueves, 20 de noviembre de 2014

LO QUE HAY QUE SABER SOBRE EL PERMISO DE PATERNIDAD

Desde la reforma laboral del 2012, el padre puede disfrutar del permiso de lactancia exactamente igual que la madre, pero no pueden disfrutarlo los dos, ni a la vez ni uno a continuación del otro. Pero el padre sí que puede disfrutarlo aunque la madre no trabaje ni haya trabajado en su vida. Este fue uno de los dos aspectos positivos de la reforma laboral del 2012, pero no porque el gobierno decidiera ser bueno con los trabajadores sino porque se vieron obligados a incorporar este cambio gracias a que el TJUE ya lo decidió en el 2010.
El permiso de lactancia acumulado y sin acumular.
La legalidad es que las normas sobre la lactancia no son las que diga el jefe o su asesoría sino lo que dice el art.37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Según el mismo, no siempre se necesita el acuerdo con la empresa, siempre es compatible con la reducción voluntaria de jornada (ambas cosas se pueden comunicar con el mismo documento) y la acumulación no siempre son 14 días sino que pueden ser más o incluso muchos más:
Art.37.4 ET: "En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella. Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.



Las normas internas de la empresa pueden mejorar lo que dice el ET y el convenio, pero jamás empeorarlo, limitarlo o condicionarlo, ya que lo impide el principio de jerarquía normativa y de condición más beneficiosa del art.3 del ET. Por tanto no necesitas hacer caso si tu jefe te dice que en su empresa no se pueden coger lactancias más de una madre a la vez, o que tiene que ser en distinto horario, o que sólo se acumula media hora al día, o que sólo vale por las mañanas, o que no vale para los hombres que son muy machos o cualquier otra idiotez. Todo esas normas serían nulas por ser contrarias al ET y si él no lo sabe a ti no te importa. Ten en cuenta que la maternidad es una de los casos de protección contra despido hasta el día en que el bebé cumpla 9 meses, que es justo cuando finaliza el permiso de lactancia
¿Se necesita la autorización de la empresa para el permiso de lactancia?
Para disfrutar del permiso de lactancia "normal" (sin acumular) no necesitas nunca la autorización de la empresa porque es un "derecho" directo que te da el ET, al igual que el permiso de 15 días por matrimonio o las 16 semanas por maternidad. Lo único que necesitas es una comunicación escrita bien hecha y sobre todo fehaciente. Si les gusta, bien y si no también.
Si tu convenio no te da el derecho directo a acumulación de lactancia o no dice nada sobre el tema, sólo podrás acumular la lactancia por acuerdo con la empresa. Este acuerdo no es una solicitud, sino un documento algo más serio, firmado por ambas partes y que no deje cabos sueltos.
Por supuesto, para disfrutar el permiso de lactancia no es necesario en absoluto "justificar" que va a haber o no lactancia natural, artificial o chuletas de ternera. No tienes que dar explicación alguna sobre el tema. El permiso de lactancia no es para dar el pecho sino que es por tener un hijo lactante e incluso por adopción o acogimiento de un menor de 6 años.
¿Cuándo se puede acumular el permiso de lactancia y cuántos días son?
. Según el 37.4, se puede acumular si lo permite el convenio (diga la empresa lo que diga) o bien por acuerdo con la empresa, bastando con una de las dos cosas. La duración en días será la que diga en el convenio aplicable o la que se acordara con la empresa, no pudiendo ser ésta inferior a aquella. Por tanto todo depende del convenio y ahí nos topamos con las redacciones confusas en muchos de ellos, incompletas, ausentes o incluso erróneas.
Habría que tener en cuenta la jornada del trabajador, el nº de festivos y de días de descanso; datos imprescindibles para contar el nº de días de acumulación de lactancia .
¿Cómo se puede disfrutar del permiso sin acumular?
Como dice en el 37.4, el permiso original es de una "hora de ausencia del trabajo" por cada día de trabajo hasta el día de antes (inclusive) en el que tu bebé cumpla 9 meses. Sólo en el caso de que voluntariamente quieras disfrutar del permiso al principio o al fin de la jornada, éste permiso se sustituiría por 1/2 hora diaria. Pero si te quedas con el permiso original de una hora "en medio", la puedes escoger como te de la gana.
Ten en cuenta que el descanso en jornada partida también está "en medio" de la jornada diaria, por lo que en estos casos puedes disfrutar el permiso de una hora antes del descanso, una hora después del descanso o bien media hora antes y 1/2 hora después. Le guste a la empresa o no le guste, pero siempre comunicándolo de forma correcta y fehaciente.
No es necesario que ejerzas tu permiso de lactancia todos los días a la misma hora. Lo puedes cambiar cuando quieras porque el ET no lo impide. Tampoco exige el ET plazo de preaviso alguno.
¿Cuánto se cobra en permiso de lactancia?
La lactancia, acumulada o no, es un permiso retribuido. Por tanto si no es lactancia acumulada tienes derecho a cobrar exactamente lo mismo que si no estuvieras en lactancia. No es lo mismo que la reducción voluntaria de jornada, en la que sí que hay reducción proporcional del salario.
Si es lactancia acumulada entonces sí podrían descontarte los días que no vas a trabajar pero sólo de los conceptos no salariales de la nómina que sean realmente compensaciones de gastos. Por ejemplo si cobras un plus de transporte de x€ al mes sería correcto que te descontaran los días que no vas a trabajar por el permiso de lactancia. Lo mismo si cobras dietas, gastos de comedor, gastos de vestuario... Pero los conceptos salariales (salario base, pagas extras, plus voluntario, etc.) ni tocarlos.
¿Y en el caso de gemelos?
Todo se multiplica por dos en el caso de lactancia sin acumular disfrutada "en medio" de la jornada, aunque sea antes y/o después del descanso. Por tanto serían dos horas diarias. Pero en el caso de sustitución por el permiso de 1/2 hora al principio o al final de la jornada, el art.37.4 no parece indicar que se duplique. En el caso de lactancia acumulada, habría que ver lo que dice el convenio y cómo lo dice.
¿Se puede ceder al padre?
Antes de la reforma laboral del 2012, el ET permitía la cesión del permiso de lactancia al padre si la madre trabajaba, fuera o no en la misma empresa que el padre. Pero desde dicha reforma, el padre puede disfrutar del permiso de lactancia exactamente igual que la madre, pero no pueden disfrutarlo los dos, ni a la vez ni uno a continuación del otro. Pero el padre sí que puede disfrutarlo aunque la madre no trabaje ni haya trabajado en su vida. Este fue uno de los dos aspectos positivos de la reforma laboral del 2012, pero no porque el gobierno decidiera ser bueno con los trabajadores sino porque se vieron obligados a incorporar este cambio gracias a que el TJUE ya lo decidió en el 2010.

12 comentarios:

  1. Gracias por vuestro artículo. Se entiende muy bien. Yo tengo ahora muy claro lo que tengo que hacer cuando nazca mi hijo.

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  2. Lo primero que pensé cuando vi vuestra nota respecto a este tema fue: "Que falta de cortesía". Es curioso ese afán que mostráis de querer ser siempre los primeros en todo y de captar parte de un protagonismo que no os merecéis.

    En lugar de darle la oportunidad a las personas merecedoras de este logro para que puedan manifestarse de la manera adecuada, os dedicáis a lanzar una nota (y luego una información en este blog) para hablar sobre el permiso de lactancia. Dudo de que el motivo sea malintencionado, porque seguro que os ha podido más esa idea que tenéis de ser maestros en todo y no habréis podido aguantar esos irrefrenables deseos de ilustrarnos con vuestros conocimientos sobre la materia.
    Y es que a los trabajadores no nos valen las palabras ni las clases magistrales, lo que nos valen son los hechos y ha sido UGT, una vez más, la que nos ha dado una alegría. Aunque discrepo de
    algunas decisiones que ha tomado UGT en otros asuntos, me inspiran mucha confianza en temas judiciales. Recuerdo el revuelo que se armó cuando se opusieron en su momento contra vuestra demanda de la antigüedad con el argumento de poner en peligro uno de los mejores convenios que se han firmado en nuestro centro. Pienso cada vez más que estaban en lo correcto.

    A pesar de que sigo los blogs de las distintas secciones sindicales, hasta ahora no había sentido la necesidad de expresar lo que pienso sobre un tema. Por eso agradezco la oportunidad que brindáis de poder comentar vuestras noticias, creo que seré de los primeros trabajadores que no pertenecen a vuestra sección sindical que hace un comentario aquí.

    Gracias de nuevo.

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  3. No es nuestra intención restar protagonismo a nadie. El tema lo ha traído UGT a la Comisión Paritaria y al Sercla previamente y nosotros lo hemos apoyado. Y cuando UGT nos ha denunciado al SU junto a la Empresa (y el resto de sindicatos) nos hemos callados, pero no nos podían denunciar, es un error. Al contrario, lo que hemos hecho es participar en el juicio, en segundo plano, pidiendo lo mismo que UGT; fuimos preparados, con la sentencia de la Unión Europea que la aportamos.
    Luego, la gente de la refinería nos ha preguntado en qué consiste el permiso de lactancia, y se nos ha ocurrido poner un artículo general para cualquier trabajador o trabajadora, no exclusivo de la RLR.
    Hay denuncias que tenemos preparadas pero que no hemos puesto para que la Empresa no las utilice para paralizar la negociación, y hemos intentado negociar en convenio.
    Nos alegramos de que haya otros sindicatos que se animen a denunciar también. Antes nos criticaban mucho por hacerlo nosotros.
    En la nota de la Refinería aclaramos que la denuncia de lactancia es de UGT, no se te olvide.

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  4. Peleando un mismo hueso y el convenio¿ se ha denunciado? ¿sabeis que si no se hace antes de1 de diciembre no hay negociacion a primero de año y se prorroga el que tenemos?

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    1. En la última reunión del Comité de Empresa, el Sindicato Unitario expuso esta situación, pero finalmente no se tomó ninguna decisión. El martes, día 25, tenemos una reunión la Sección Sindical del SU y vamos a tratar este asunto.
      De todos modos, no debemos olvidar que el convenio lo puede denunciar también la otra parte: la Empresa, si es que la Empresa quiere negociar un nuevo convenio.

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  5. Estas denuncias estan pactadas con rrhh o ¿ No es mucha casualidad que se haya resuelto en epoca de elecciones

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  6. Creo que muchos de nosotros ya hemos felicitado a UGT, y no entiendo porque se critica al SU por aportar toda la información relacionada con este tema, pero porque nos empeñamos en dividir.?

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    1. El SU no ha querido felicitar públicamente a UGT, para que "alguien" no busque otra excusa para atacar a que tenemos un pacto, pero les hemos apoyado y felicitado personalmente, porque al fin y al cabo es una buena noticia para todos los trabajadores.. No tenemos ningún pacto, pero es cierto que las relaciones del SU con otros sindicatos con los que hemos estado negociando un convenio y luego un ERE han mejorado, hemos llegado a un consenso en todas las decisiones finales, y nos hemos apoyado conjuntamente en todas las reclamaciones que hemos hecho a través de las Comisiones Paritarias y el Sercla.
      Esta mejora de las relaciones entre algunos sindicatos debería ser motivo de alegría, no de crítica con mal sana intención.

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  7. Todo lo que se consiga en favor de los trabajadores me parece bien. Lo que no me parece bien es que se haga cambiando estampitas con la empresa y si vosotros no lo haceis SI lo hace aquellos con los "habeis mejorado relaciones", por lo que sois complices.

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    1. No somos cómplices de nada ni de nadie. Tomamos nuestras propias decisiones y seguimos la misma línea sindical. Son otros los que han cambiado.

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    2. Si para conseguir derechos y beneficios para los trabajadores, hay que cambiar estampitas, lo veo muy bien, es lo normal en una negociación, tu me das yo te doy, lo único que hay que tener cuidado es en la estampita que se cambia, siempre noa hemoa quejado de la desunión de los sindicatos, y ahora que parece que hay una misma linea de pensamientos entre alguno de ellos, tambien se critica, yo no creo que ugt y su se hayan aliado, como si pienso que CCOO y ctr han pactado, pero si es para el bien de los tarabajadores, Chapó, aunque prefiero dos sindicatos con posturas acercadas que otros dos con un pacto de granujas

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  8. Hoy no tengo mas que felicitar a la UGT por conseguir derechos y beneficios para los trabajadores, la lactancia debe ser el comienzo de una nueva forma de luchar, sin perder de vista que no hay un juicio perdido o ganado, dado que actualmente es muy difícil conseguir las justas peticiones en los convenios colectivos, pero lo que no se puede hacer, es caer en el desánimo y siempre hay que mantener el listón de la lucha obrera en lo mas alto.
    Conseguir derechos y beneficios para los trabajadores es cosas de todos, juntos es el camino para llegar a que los obreros sean respetados frente a los que hoy se llama casta, aunque para mi, continúan siendo explotadores, cuando deberían ser empleadores.
    El camino cogido por la UGT, no puede ser mas que aplaudido y felicitado por el SU, sindicatos diferentes, pero juntos y apoyándose para conseguir lo que es justo para los trabajadores.
    Una vez mas FELICIDADES, UGT, un compañero que vota y continuará votando al SU, pero que no tengo duda que este es el camino en la LUCHA OBRERA.

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