En el Anteproyecto publicado en la página Web del Ministerio de Hacienda, el tema de la cotización del IRPF entra en vigor, por un lado, al día siguiente de su publicación en el BOE, según la disposición final quinta y, por otro lado, el 20 de Junio que se aprobó en Consejo de Ministros, recogido en el artículo 89, como se puede comprobar en el enlace siguiente:
Recordamos que el Sindicato Unitario exigió para la firma del ERE de Cepsa una serie de garantías, entre las que estaba la de que se cobraran netas las cantidades de las indemnizaciones de los despidos, garantías que no se recogieron en el nuevo ERE que se hizo para las oficinas de Madrid. No obstante, la Empresa ofreció a cambio que los trabajadores que quisieran pudieran dar marcha atrás si cambiaban las condiciones de IRPF sobre las indemnizaciones.
Hay que destacar que, aunque el anteproyecto entra en contradicciones, los expertos aseguran que es una Ley anticonstitucional porque no puede tener carácter retroactivo antes de su aprobación definitiva en trámite parlamentario.
Hay que destacar que, aunque el anteproyecto entra en contradicciones, los expertos aseguran que es una Ley anticonstitucional porque no puede tener carácter retroactivo antes de su aprobación definitiva en trámite parlamentario.
De este Anteproyecto, destacamos:
Artículo primero.
Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de
noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de
modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la
Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.